viernes, 26 de diciembre de 2014

¿Quiénes deben presentar contabilidad electrónica ante el SAT este 2015?

Sistema FEL
Distribuidor Autorizado


En 2015 algunos contribuyentes deberán enviar mes con mes su contabilidad por medios electrónicos al SAT.

Primero que nada habría que decir que hasta el momento y tal como se entiende en las publicaciones hechas por el SAT, los únicos que tendrán que llevar la contabilidad electrónica son las personas morales y las personas físicas con actividad empresarial. Los que tributen bajo el régimen de incorporación fiscal o RIF, está claro que deben seguir haciendo sus declaraciones en el portal “Mis cuentas”, pero lo que no sabemos a ciencia cierta es si los contribuyentes personas físicas que ganan por honorarios (actividad profesional), arrendamiento, dividendos, etc. deberán llevar contabilidad electrónica.
Partiendo de la premisa que los que ganan por honorarios o arrendamiento tienen una contabilidad simplificada; es decir, sin pólizas, cuentas de mayor, estados financieros, etc. podemos concluir que no podrían entrar al esquema de contabilidad electrónica que pretende el SAT. Sin embargo, tampoco pueden acogerse a la otra opción de presentar sus declaraciones en “Mis cuentas” pues no está hecha para estos regímenes. 

Así funcionará para los que sí estén obligados a llevar contabilidad electrónica.

Las personas morales, incluidas las morales con fines no lucrativos, y las personas físicas con actividad empresarial deberán llevar contabilidad electrónica y enviar esta información al SAT a partir del 1 de enero de 2015. Los meses a presentar para personas morales son: de julio a diciembre de 2014, mientras que las personas físicas comienzan a enviar su información a partir de enero 2015.
Sólo quedan exentas de la obligación los siguientes: los sindicatos obreros y los organismos que los agrupen, así como la federación, las entidades federativas, los municipios y las instituciones que por ley estén obligadas a entregar al gobierno federal el importe íntegro de su remante de operación, y las personas físicas con actividad empresarial cuyos ingresos en el ejercicio anterior no hayan excedido de dos millones de pesos y utilicen Mis cuentas, o se encuentren en el Régimen de Incorporación Fiscal.
Las personas físicas y personas morales enviarán electrónicamente al SAT el catálogo de cuentas por única vez y en el caso de que se tengan actualizaciones, balanza de comprobación cada mes. y pólizas contables, solo en caso de que se ejerzan facultades de comprobación o cuando haya solicitud de devoluciones o compensaciones. Los contribuyentes solamente deben generar el archivo xml con su información y enviarlo a través del Buzón Tributario en www.sat.gob.mx, utilizando su firma electrónica.
Tomado de: todopuebla.com

jueves, 30 de octubre de 2014

Contabilidad electrónica

LANZAMIENTO DE XMLS CONTABLES.Módulo FEL.




Ventajas:
·        Su contador podrá generar los archivos XML de la Contabilidad Electrónica a través de la información que ya tiene procesada en el ERP o el sistema contable con que maneja actualmente su RFC.
·        Su contador no tiene que actualizar la versión de su sistema contable, su versión actual es suficiente.
·        Le permite importar catálogo de cuentas, balanzas y pólizas a través de un archivo .CSV de fácil edición en Excel.
·        Le permite alimentar el catálogo de cuentas de forma manual.
·        Le permite la captura de pólizas de forma manual, y la incorporación del comprobante fiscal a través del UUID.
·        Le permite capturar tu balanza de comprobación de forma manual o mediante u archivo de Excel.
·        Almacena en tu cuenta en línea el catálogo de cuentas, así como las balanzas y pólizas.

Ventajas plus:
·        Si genera los CFDi con FEL tu contador tendrá acceso a los XML que se hayan emitido y podrá descargarlos.
·        Si además tienes contratado el servicio de buzón de almacenamiento de XML, tendrá acceso a los XML que haya recibido y almacenado en su cuenta y podrá descargarlos.
·        Si tiene contratado ambos servicios su contador llevará un mejor control de la información y podrá dar cumplimiento de mejor forma a las nuevas disposiciones del SAT.


Costo:



 Para mayor información escríbenos a: asesoria@sistemafel.com.mx, o llama al (222) 686 0968.







martes, 9 de septiembre de 2014

Sistema FEL


Proveedor Autorizado de facturación electrónica 

No. SAT:55029


1. Emisión de CFDIs.
2. Timbrado.
3. Conexión remota.

Ventajas del Sistema FEL.



Cuentas bancarias para la compra de paquetes de créditos.


Formas de pago:

1. Cargo a tarjeta:
2. Transferencia electrónica:

3. Depósito en efectivo:


Para mayor información quedo a sus órdenes.